
Plan de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) en Uruguay
Si tu empresa tiene entre 5 y 50 trabajadores, el Decreto 52/023 (Art. 5 BIS) exige contar con un Plan de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) actualizado cada seis meses.
Nosotros lo hacemos simple: relevamos tus riesgos reales, definimos medidas prácticas, elaboramos el cronograma y dejamos toda la documentación lista para presentar ante la IGTSS.
Si el nivel de riesgo lo indica o la autoridad lo requiere, te orientamos para avanzar con la implementación del Servicio de Prevención y Salud en el Trabajo (SPST).
No es solo un papel: es tu defensa ante inspecciones y accidentes
Un Plan de PRL correctamente elaborado y aplicado es la mejor defensa para evitar la responsabilidad penal empresarial (Ley N° 19.196) ante un accidente grave.
Lo que pide la norma (en claro)
- Identificar los peligros y evaluar los riesgos presentes en cada tarea o proceso.
- Definir medidas preventivas, responsables y plazos de ejecución.
- Actualizar el Plan cada seis meses o cuando cambien procesos, equipos o tecnologías.
- Elaborar el Plan con un profesional habilitado según el Art. 5 del Decreto 127/014 (modificado por el 52/023).
- Si el nivel de riesgo lo amerita, la IGTSS puede exigir la incorporación del SPST (Servicio de Prevención y Salud en el Trabajo).
Un Servicio Integral para tu Total Tranquilidad

Diagnóstico y Evaluación de Riesgos
Visitamos tu empresa para identificar peligros reales y evaluar los riesgos en cada área, desde una oficina hasta un taller o depósito.

Diseño del Plan y Matriz de Riesgos
Elaboramos la documentación exigida por la normativa, con una matriz de riesgos priorizada que permite enfocar las medidas preventivas en lo más relevante.

Plan de Medidas y Capacitación
Incluye procedimientos seguros, plan de medidas preventivas y programa de capacitación. En construcción aplicamos la Inducción Obligatoria del Decreto 125/014; en otros sectores diseñamos la inducción y cursos según los riesgos.
Nota: La Inducción del Dec. 125/014 aplica exclusivamente a construcción. En otras actividades, se diseña la inducción interna y formaciones específica La Inducción del Decreto 125/014 aplica únicamente a la construcción. En el resto de las actividades, se diseña una inducción adaptada y formaciones específicas según los riesgos del Plan de PRL.
Clientes que ya Cumplen y Trabajan Seguros
Tu Plan de PRL en 4 Pasos Sencillos
1. Contacto y Propuesta
Nos contás sobre tu rubro y cantidad de trabajadores. Te enviamos una propuesta clara y sin costo.
2. Relevamiento en Sitio
Visitamos tus instalaciones para realizar el diagnóstico inicial y conocer tu operativa.
3. Elaboración del Plan
Nuestros técnicos habilitados elaboran el Plan de PRL completo, cumpliendo con lo establecido en el Decreto 127/014 y su modificación 52/023.
4. Entrega y Seguimiento
Entregamos el Plan de PRL con matriz de riesgos, procedimientos seguros, programa de capacitación, registros e informe de revisión semestral.
Capacitación que suma
Ofrecemos la capacitación inicial e interna según el rubro y los riesgos identificados.
En construcción, aplicamos la Inducción 125/014 obligatoria; en otros sectores, desarrollamos programas adaptados al Plan de PRL.
👉 Ver Capacitaciones ›
Cobertura y documentación
- Cobertura: Montevideo, Canelones, San José y Maldonado. ¿Otra zona del país? Lo coordinamos.
Documentación entregada: Plan de PRL, matriz de riesgos, procedimientos, planes de emergencia y contingencia, programa de capacitación con registros, informes de visita y estadísticas para IGTSS.
Preguntas Directas, Respuestas Claras sobre el Plan de PRL
Es el documento base de la gestión preventiva. Incluye el diagnóstico, la matriz de riesgos, las medidas preventivas, los procedimientos, la capacitación y el seguimiento. Es obligatorio en empresas con cinco o más trabajadores.
Desde 5 trabajadores en adelante, todas las empresas deben contar con un Plan de PRL de acuerdo al Decreto 127/014 y su modificación 52/023. La actualización mínima es semestral.
Incorporó el artículo 5 BIS, que exige disponer de un Plan de PRL con vigencia semestral. El Servicio de Prevención y Salud en el Trabajo (SPST) puede recomendarse o ser intimado por la IGTSS según el nivel de riesgo.
Debe hacerlo un profesional habilitado en Seguridad y Salud Ocupacional, conforme al artículo 5 del Decreto 127/014. Esto incluye Técnicos Prevencionistas, Tecnólogos o Licenciados en Seguridad y Salud Ocupacional, Ingenieros Tecnólogos Prevencionistas o Médicos Especialistas en Salud Ocupacional.
Como mínimo cada 6 meses y también cada vez que cambien procesos, equipos, tecnologías o condiciones de trabajo.
Sí. Toda capacitación vinculada a la seguridad y salud en el trabajo se considera tiempo trabajado y su costo no puede trasladarse al trabajador.
El Plan de PRL debe incluir la planificación del control de salud de los trabajadores, de acuerdo con el Decreto 274/017. Esto implica definir qué exámenes corresponden según los riesgos identificados en cada puesto, y asegurar que se realicen en tiempo y forma. La coordinación puede ser interna o a través del Servicio de Prevención y Salud en el Trabajo (SPST).
El Plan de PRL aplica a todas las empresas de cualquier rubro con cinco o más trabajadores. En cambio, el Plan de Seguridad es exclusivo del sector construcción y se presenta ante la IGTSS con Libro de Obra.
La IGTSS puede aplicar sanciones. En caso de accidente, la falta de un plan actualizado y de la intervención del SPST constituye un agravante serio.
Sí. Permite exigir la documentación de seguridad a subcontratistas según la Ley 18.251 y puede reducir la responsabilidad de solidaria a subsidiaria cuando corresponda.
Hagamos tu Plan de PRL fácil de cumplir e Implementar
Te entregamos el Plan completo, te acompañamos en su puesta en práctica y lo actualizamos cada seis meses.
Si la IGTSS lo requiere o los riesgos lo justifican, te orientamos para integrar el SPST.
