Saltar al contenido

Inducción de Seguridad en Obra (Decreto 125/014)

Del “lo dice la ley” al “nos importa la persona”. Inducción obligatoria in company para obras de construcción: simple, documentada y efectiva.

Obra que empieza, obra que se induce. Capacitación mínima de 2 horas sobre riesgos generales y específicos, documentada en el Libro de Obra y anexada al Plan de Seguridad e Higiene.

⬅️ Volver a todas las Capacitaciones

Cumplí el Decreto 125/014 sin complicaciones

Planificamos, dictamos y documentamos la inducción obligatoria de tu obra conforme al Art. 4 del Decreto 125/014.

  • Habilitación para trabajar: nadie debe iniciar tareas sin haber recibido información, instrucción y formación adecuadas.
  • Duración mínima: al comenzar la obra, capacitación de no menos de 2 horas.
  • Actualización: repetir en cada etapa de la obra y ante nuevos procedimientos, maquinarias o tecnologías.
  • Tiempo de trabajo: la inducción se considera tiempo trabajado.
  • Vigencia: si el personal ya fue capacitado para la tarea y no pasaron 2 años, se puede reducir el tiempo; pasado ese plazo, se capacita nuevamente.
  • Gestión y registro: planificada por el Servicio de Seguridad de la obra, contenidos anexados al Plan de Seguridad e Higiene y registro en el Libro de Obra con firmas de asistentes.
  • Cobertura: in company en Montevideo, Canelones, San José y Maldonado. ¿Otro punto del país? Lo coordinamos.

Qué incluye la Inducción en Obra

  • Riesgos generales: orden y limpieza, circulación peatonal y vehicular, señalización, caídas al mismo y distinto nivel, golpes y atrapamientos.
  • Riesgos específicos de la obra: excavaciones, andamios, aperturas, demolición, hormigón, corte y perforación, izaje y grúas, soldadura, herramientas manuales y eléctricas.
  • Trabajo en altura: criterios básicos, líneas de vida, barandas, EPP. Ver Seguridad en Obras / Curso de Altura.
  • Electricidad: tableros, diferenciales, cables y extensiones, protecciones, bloqueo/etiquetado.
  • EPP: selección, uso y mantenimiento (casco, barbijo, calzado, guantes, arnés, protección visual y auditiva).
  • Maquinarias y equipos: requisitos de operación segura; nadie opera sin formación acreditada.
  • Químicos y ambientales: polvo, sílice, solventes/adhesivos, ruido y vibraciones.
  • Emergencias: planes de evacuación, extintores, puntos de encuentro, Primeros Auxilios y RCP.
  • Roles y responsabilidades: empleador, Servicio de Seguridad, capataz/supervisor, delegado de obra, trabajador.
  • Comunicación: inducciones por etapa, inducción a contratistas, registro de asistencia y evaluación.

Duración: mínimo 2 horas teórico–prácticas. Posibilidad de ampliar según complejidad de obra/etapa y coordinar por turnos.

Gestión y Documentación

  • Planificación por el Servicio de Seguridad de la obra.
  • Temario anexado al Plan de Seguridad e Higiene.
  • Registro en Libro de Obra con firma de asistentes.
  • Listado de participantes, fecha, duración, contenidos e instructor responsable.

Beneficios para tu empresa

  • Cumplimiento legal y trazabilidad ante inspecciones.
  • Menos incidentes y paradas no planificadas.
  • Mejor coordinación entre contratistas y personal propio.
  • Inducción clara que acelera la puesta en marcha de la obra.

Aspectos legales clave del Art. 4 (Decreto 125/014)

  1. Requisito para ingresar a obra: capacitación obligatoria.
  2. Duración mínima: 2 horas al inicio de la obra.
  3. Repetición: en cada etapa y ante cambios de proceso/equipos.
  4. Tiempo trabajado: la inducción se paga como jornada.
  5. Vigencia: reducción posible si no pasaron 2 años y tareas no cambiaron; pasado ese plazo, reinducir.
  • Plan y Libro de Obra: anexar contenidos al Plan de Seguridad e Higiene y registrar asistencia bajo firma en el Libro de Obra.
  • Roles críticos: capataces/supervisores con formación específica; nadie opera maquinarias sin capacitación acreditada; delegados de obra deben capacitarse.
  • Normativa complementaria: seguridad general en construcción y disposiciones aplicables (p. ej., Decreto 283/996) según corresponda.

Este resumen es informativo y no sustituye la normativa vigente. Ante inspecciones, entregamos constancias y registro de capacitación conforme al Decreto 125/014.

Equipos que confían en nuestra formación

Preguntas Frecuentes sobre la Inducción en Obra

¿Es obligatoria la inducción del Decreto 125/014?

Sí. Ninguna persona puede trabajar en la obra si no recibió la información, instrucción y formación necesarias para su tarea.

¿Cuál es la duración mínima?

No menos de 2 horas al comienzo de la obra. Puede ampliarse según riesgos y etapa.

¿Se considera tiempo trabajado?

Sí. El tiempo destinado a esta capacitación es considerado tiempo trabajado.

¿Cada cuánto debo repetir la inducción?

Debe repetirse en cada etapa prevista del desarrollo de la obra o ante nuevos procedimientos, maquinarias o tecnologías. Si la tarea no cambió y no pasaron 2 años desde la última, se puede reducir el tiempo; pasado ese plazo, debe capacitarse nuevamente.

¿Qué contenidos debe incluir?

Riesgos generales y específicos de la obra, EPP, procedimientos seguros, emergencias y roles. Los contenidos se establecen por el Servicio de Seguridad y se anexan al Plan de Seguridad e Higiene.

¿Cómo se documenta la capacitación?

Se registra en el Libro de Obra con firma de asistentes. Además, entregamos listado de participantes, fecha, duración, temario e instructor responsable.

¿Quiénes necesitan formación adicional?

Capataces y supervisores (formación específica); operarios de maquinarias (capacitación acreditada); delegados de obra (cursos de seguridad e higiene).

⬅️ Volver a todas las Capacitaciones

💡 Nota para empresas con varias cuadrillas

Podemos calendarizar inducciones por etapa y por turno, e integrar esta formación al Plan de Prevención de Riesgos para asegurar continuidad y trazabilidad durante toda la obra.

Cotizá la Inducción Obligatoria de tu obra

Respondemos en 1–3 h hábiles. Registro en Libro de Obra, temario anexo al Plan y constancias listas para inspección.